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Teletrabajo: empresas deberán pagar equipos, internet y consumo eléctrico de empleados

Para la aplicación de la norma, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debe reglamentar la ley en un plazo máximo de 90 días.

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El último fin de semana, con 97 votos a favor, tres en contra y tres abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó por insistencia la autógrafa observada por el Poder Ejecutivo que plantea una nueva Ley de Teletrabajo que hará que las empresas deban pagar los equipos y otros gastos de los trabajadores que laboran desde sus casas desde 2023.

La propuesta tiene como finalidad regular el teletrabajo tanto en las entidades de la administración pública, así como en las instituciones y empresas privadas. Se trata de la implementación de 28 artículos, en ocho capítulos; nueve Disposiciones Complementarias Finales y una disposición complementaria derogatoria.

Obligaciones de la empresa

Bajo la nueva norma, la empresa contratante deberá entregar “equipos y el servicio de acceso a Internet o asignar las compensaciones económicas por la provisión de estos al teletrabajador, además de la compensación del consumo de energía eléctrica”, a menos que las partes lleguen a otro acuerdo.

Además, el teletrabajador podrá pedir el cambio de su modalidad de contratación al trabajo presencial.

También se dispone que el empleador debe respetar la desconexión digital de sus trabajadores al menos 12 horas diarias.

La congresista Adriana Tudela (Avanza País), autora del proyecto, mencionó que durante más de 9 años se está luchando para tener una norma de trabajo que funcione, que dé resultado y que reemplace a la ley del año 2013.

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“Hasta el año 2019, sólo había logrado poco más de 2.000 personas pudieran acogerse a esta modalidad de trabajo. El país requiere una ley que otorgue seguridad jurídica, confianza y predictibilidad para los trabajadores y para los empleadores durante la pandemia”, mencionó.

Aplicación de la norma

Para que la norma comience a aplicarse, primero debe ser publicada en el diario El Peruano. Luego, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debe reglamentar la ley en un plazo máximo de 90 días calendario desde su emisión.

Tras la publicación de la reglamentación, las empresas tendrán como máximo 60 días calendario para adecuar a sus trabajadores a la nueva ley y cumplir con la normativa.

Cabe indicar que la ley vigente del trabajo remoto se elaboró por la pandemia por el Covid-19 en marzo de 2020 a través del Decreto de Urgencia 026-2020 y daba flexibilidad al empleador pues no exigía financiar los equipos digitales y otros gastos de los empleados. Esta ley está vigente hasta diciembre del 2022.

Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea y Toyama, señaló al diario El Comercio que si la nueva norma no se reglamenta hasta el 31 de diciembre hay dos opciones: “que se prorrogue el trabajo remoto por uno o dos meses, o que los empleados pasen a la antigua Ley de Teletrabajo mientras se regula la nueva. Todo hace indicar que pasaría lo primero”.

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